Corte Suprema: Alperovich debe seguir preso por abuso sexual

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la decisión de encarcelar al exgobernador de Tucumán José Jorge Alperovich en el mismo momento en que fue condenado a 16 años de prisión por abuso sexual agravado.

La defensa del exgobernador y exsenador nacional, que está hoy en prisión domiciliaria en un departamento de Puerto Madero por razones de salud, había llegado hasta el máximo tribunal en busca de la excarcelación que se le había negado en todas las instancias previas.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso extraordinario por inadmisible.

El 18 de junio de 2024 el Tribunal Oral Nº29, integrado unipersonalmente por el juez Ramos Padilla, condenó a Alperovich por considerarlo responsable de 3 hechos de “abuso sexual simple” y 6 hechos de “abuso sexual agravado por haber sido cometidos con acceso carnal”, cometidos entre 2017 y 2018.

Esa misma noche, el magistrado a cargo del juicio oral ordenó la inmediata detención y la prisión preventiva del exfuncionario. Contra esa decisión, la defensa presentó un pedido de excarcelación.

La fiscalía se opuso. “Se ha probado que el ciudadano José Jorge Alperovich cuenta con sobrados medios económicos y relaciones de poder, a punto tal que una serie de testigos han acudido a la sala de audiencias a mentir y protegerlo, lo que incluso ha llevado a la fiscalía a denunciarlos penalmente. En el escenario presentado, es claro que la prisión preventiva es la única medida cautelar que permite conjurar el evidente y muy elevado riesgo de fuga que surge de la actual situación de José Jorge Alperovich”, dijo el fiscal Sandro Abraldes.

Y el juez Ramos Padilla ratificó su decisión de dictar la prisión preventiva, al considerar el “sinfín de pruebas sólidas, precisas y concordantes contra el acusado” que se exhibieron en el debate.

“Si bien la elevada pena de prisión impuesta a José Jorge Alperovich no ha sido ratificada de manera definitiva, se puede anticipar que en caso de recuperar su libertad intentará eludir el accionar de la justicia y perjudicar los objetivos del proceso”, afirmó.

La defensa apeló al sostener que se vulneró la presunción de inocencia y que las condiciones económicas del imputado, por sí solas, no constituyen un riesgo de fuga.

Pero la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó el planteo y entendió que los argumentos de la defensa sobre las condiciones de arraigo y la conducta procesal de Alperovich “no resultan suficientes para conmover los fundamentos del a quo que han sido recogidos en esta resolución, ni las medidas alternativas aparecen bastantes para contrarrestar el riesgo aludido”.

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